ESTOS SON LOS REQUISITOS PARA CONTRAER MATRIMONIO EN EL REGISTRO CIVIL DE TEZIUTLÁN.
Ante la expectativa de los ciudadanos e incertidumbre de ¿Qué documentos presentar para poder contraer matrimonio en el registro civil de Teziutlán?, el gobierno municipal de Teziutlán les informa acerca de este tema importante no solo como parte de la unión de una pareja sino para tener certeza jurídica en diversos trámites a futuro.
El matrimonio es un contrato civil por el cual las personas se unen voluntariamente en sociedad, para llevar una vida en común, con respeto, ayuda mutua e igualdad de derechos y obligaciones.
En Teziutlán las personas que quieran contraer matrimonio de acuerdo a los datos de Alexia Limón Flores, Directora del Registro Civil de Teziutlán, pueden acercarse y cumplir con los requisitos establecidos por el Código Civil y no se encuentren en alguno de los supuestos de impedimento legal, soliciten de manera voluntaria y sin coacción contraer matrimonio.
PARA CONTRAER MATRIMONIO LA PAREJA DEBERA TENER SU DOMICILIO EN ESTA CIUDAD Y REALIZAR SU PRESENTACION ADJUNTANDO LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
* Comprobante de domicilio (copia)
* Copia del acta de nacimiento de ambos (actualizada)
* Certificado médico prenupcial de ambos, puede ser del laboratorio clínico particular y deberá llevarlos a transcripción a la secretaria de Salud (hospital general).
* Cuatro testigos (2 de cada contrayente) que no sean los padres. (con credencial de elector original y copia, todas en una misma hoja de ambos lados.)
* Credencial de elector de los contrayentes (con copia de ambos lados, ambas en una misma hoja)
* CURP de los contrayentes.
* Constancia de inexistencia de matrimonio (si no fueron registrados en este estado.)
Es muy importante informar que “no pondrán contraer matrimonio antes de cumplir 18 años de edad”.
Si alguno de los pretendientes es viudo presentar copia del acta de Defunción del cónyuge fallecido. Si alguno de los pretendientes es divorciado, deberá presentar copia fiel certificada del acta de Divorcio.
Cuando alguno de los pretendientes es extranjero, deberá presentar su acta de nacimiento apostillada y traducida; demostrar su estancia legal en el país. Podrán contraer matrimonio a partir de los 10 días de haber realizado su presentación y hasta los 6 meses.
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